lunes 22 2026

Estado Dom., gasta más de RD$897 millones y US$2.1 millones en alquiler de almacenes

SANTO DOMINGO RD.- La mayoría de los procesos fueron adjudicados bajo modalidades excepcionales para depósitos, oficinas, parqueos y centros logísticos

  • Hasta la última semana de diciembre de 2025, el Estado había destinado 10,677 millones de pesos en alquileres y rentas, según la Digepres.
  • Cuando de arrendamientos hechos por instituciones públicas se trata, el proceso de excepción parece más la norma que una singularidad entre las modalidades de contratación.
  • El SRSO es la unidad de compra con más contratos: 8, entre ellos un templo. La legislación plantea que en procesos de excepción bajo la modalidad “exclusividad”, como este, los proveedores en ningún caso podrán ser más de cinco.

  • Hasta marzo de 2026, el gobierno destinó más de 897 millones de pesos y 2,185,617 dólares en alquileres de almacenes para instituciones públicas. Desde el archivo de documentos y el almacenamiento de activos fijos hasta la custodia de cajas navideñas y mercancías de donación para personas de escasos recursos, la lista de los fines para los que han sido contratados estos depósitos es variada.

 Una lista de 93 procesos suministrados por la Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCP) y la Contraloría de la República, de los cuales 18 se repetían en ambas instituciones. Aunque fueron solicitados los contratos activos hasta marzo de 2026, algunos de los acuerdos enviados son extemporáneos y otros, resultados de nuestra propia búsqueda, estaban “cerrados” o sin información, por lo que estos últimos no fueron incluidos en el recuento.

El proceso de excepción parece más la norma que una singularidad entre las modalidades de contratación. La Ley 47-25 de Contrataciones Públicas cita en el numeral 18 de su artículo cinco que “excepciones a los procedimientos ordinarios son las contrataciones que, por las circunstancias del caso o la naturaleza especial de éstas, justifican exceptuar la aplicación de los procedimientos ordinarios de selección, ya sea mediante una reducción de los plazos previstos o mediante una limitación de la competencia”.